Se refiere a la persona física que desempeña o ha desempeñado, durante los últimos tres (3) años, altas funciones públicas, destacadas y prominentes, por elección o nombramientos ejecutivos, en el territorio nacional o en un país extranjero. Incluye, pero no se limita, a todos los funcionarios obligados a presentar declaraciones juradas, conforme a la Ley núm. 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio del 8 de agosto de 2014 y sus modificaciones.
Los cargos considerados PEP serán los siguientes:
- Todos los funcionarios obligados a presentar declaraciones juradas, conforme a la Ley No. 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio de fecha 08 de agosto de 2014, y sus modificaciones.
- Los Miembros de las directivas de los partidos políticos y los candidatos a las posiciones establecidas en la Ley No.311-14; y
- Personas físicas y jurídicas con las cuales mantiene relaciones de negocio de tipo social o asociativa, incluyendo las personas jurídicas y patrimonio de afectación de las cuales, la PEP, tenga control social o accionariado igual o superior al 20%, sea beneficiaria final o se haya constituido en su beneficio.
*Se asimilan a las Personas Expuestas Políticamente, el cónyuge, unión libre o concubinato y las personas con las que mantenga parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.
Marque 'Sí' si alguna de las siguientes preguntas aplica a usted o a su familia.